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¡Peligro de fuego! Prolongada la alerta por riesgo de incendios: esto es lo qué no puedes hacer

La alerta por riesgo de incendios forestales se extiende. La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio ha anunciado una ampliación debido al aumento del riesgo meteorológico. En consecuencia, esta declaración permanecerá en vigor durante un día más, en principio, hasta el día 10 de agosto, inclusive, en Castilla y León.

En respuesta a esta situación, la Consejería ha establecido medidas preventivas y organizativas contempladas en la Orden que regula el uso del fuego, prohibiendo la realización de trabajos en el monte y en una franja de 400 metros de terreno rústico circundante con maquinaria que pueda generar, debido a su funcionamiento habitual, deflagración, chispas o descargas eléctricas.

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Todo apunta a la entrada de una masa de aire caliente en altitudes elevadas durante estos días, la cual también persistirá en la comunidad autónoma mañana. Esto causará un notorio aumento de las temperaturas máximas y mínimas, con previsiones de temperaturas entre 36 y 39 grados en ciertas áreas de la región. Las humedades relativas serán mínimas, alcanzando el 5-10 por ciento en gran parte del territorio, y se esperan ráfagas de viento superiores a 40 kilómetros por hora en algunas zonas de la Comunidad.

Estas condiciones contribuirán al progresivo deterioro de las condiciones de humedad del material combustible, lo cual incrementará de manera significativa el peligro de incendios forestales.

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En términos de prohibiciones, la resolución prohíbe encender fuego en el monte en espacios abiertos, zonas recreativas y de acampada, incluso en las áreas habilitadas para tal fin. Asimismo, se suspende el uso de barbacoas en espacios al aire libre y se prohíben las autorizaciones para el uso de fuego y fuegos artificiales. Además, queda prohibido emplear maquinaria que emita chispas en su funcionamiento habitual, como sopletes, soldadores y radiales, en el monte y en una franja de 400 metros de terreno rústico adyacente.

En cuanto a la utilización de maquinaria como cosechadoras o empacadoras, su funcionamiento deberá suspenderse cuando la temperatura supere los 30 grados y la velocidad del viento exceda los 30 kilómetros por hora. No obstante, se recomienda aplazar las labores no urgentes y mantener la máxima precaución. En todo caso, se debe contar con los recursos de extinción y el personal necesarios para controlar cualquier incendio que pueda surgir como resultado de estas tareas.

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